05 Sep Nueva normativa para la prevención de la legionelosis en Portugal
El pasado 20 de agosto se publicó en el Diário da República la Lei 52/2018 que estabelece o regime de prevenção e controlo da doença dos legionários e procede à quinta alteração ao Decreto-Lei n.º 118/2013, de 20 de agosto.
La ley publicada, establece el régimen de prevención y control de la enfermedad del legionario, definiendo procedimientos relativos al uso y al mantenimiento de redes, sistemas y equipos de agua. Equipos de transferencia de calor asociados a sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado o a unidades de tratamiento del aire y que puedan generar aerosoles de agua, como torres de enfriamiento, condensadores evaporativos, sistemas de enfriamiento de agua de proceso industrial, sistemas de refrigeración de cogeneración o humidificadores, así como sistemas insertados en espacios de acceso y utilización pública que utilizan agua para fines terapéuticos o recreativos y que puedan generar aerosoles de agua, redes prediales de agua, como agua caliente sanitaria, o incluso sistemas de riego o de refrigeración por aspersión, fuentes ornamentales u otros generadores de aerosoles de agua con una temperatura entre 20ºC y 45ºC, pasan a ser designados como propicios a la proliferación y diseminación de la Legionella.
Los responsables de equipos propicios para el desarrollo y la proliferación de Legionella, quedarán así obligados al registro de las mismas en la plataforma desarrollada a tal efecto por los Servicios Compartidos del Ministerio de Salud, E. E., y gestionada por la DGS.
Adicionalmente, se convierte en obligatoria la elaboración de un plan de mantenimiento, basado en análisis de riesgo estableciendo responsabilidades y revisiones.
Una vez implementado el plan de mantenimiento, se asegurará que éste sea auditado en la periodicidad definida por entidad certificada por el IPAC, I.P., o entidad homóloga.
El documento describe así procedimientos de registro, programa de seguimiento del tratamiento del agua y auditorías, así como procedimientos en situaciones de riesgo y procedimientos en situaciones de brote.
También se definen medidas de vigilancia, entidades fiscalizadoras y régimen sancionador, que indican multas de 500 a 4 000 euros, en el caso de las personas
físicas, y de 2 500 a 44 890 euros, en el caso de las personas jurídicas.
Adiquímica, empresa de vanguardia en el mercado y con experiencia superior a 30 años en tratamiento de agua y competencias consolidadas en control y prevención de Legionella, actualizará toda la información disponible en este contexto.